jueves, 11 de abril de 2013
manual de funciones
MANUAL DE FUNCIONES DEL EQUIPO DE TRABAJO
CARGO: Gerente
y/o Administrador
PROPÓSITO
CLAVE DEL CARGO: Dirigir
y controlar tanto los empleados como el establecimiento y asegurándose que
las tareas se realicen de conformidad con lo planeado.
FUNCIONES:
Integrar y coordinar el trabajo del personal.
Responsable de tomar decisiones, establecer políticas. Controlar
el personal y el restaurante.
Distribuir las funciones
Controlar los presupuestos
Controlar las actividades de las áreas operativas y administrativas
Llevar un reporte mensual
CARGO: Meseros.
FUNCIONES:
Conocer y aplicar los diferentes tipos de servicio según el restaurante
Llevar el reporte de comentarios de los clientes acerca del servicio y la
calidad de alimentos y bebidas.
CRITERIOS
DE DESEMPEÑO:
Mantener limpio el lugar de trabajo y realizar el correcto montaje de
las mesas
Surtir las estaciones de servicio con lo que se requiera
Sugerir al cliente platos del menú
Sugerir según sea necesario, alimentos y bebidas para algún cliente que
sigue una dieta o quien tiene una alergia especial
Conocer la lista de vinos, la forma de abrirlos y servirlos.
Presentar la comanda al cajero para que la selle y poder solicitar
al cocinero los platos ordenados por el cliente
Inspeccionar que los platos estén servidos de acuerdo con lo solicitado
por el cliente, antes de llevarlos a la mesa
Servir los alimentos en la mesa
Solicitar al cajero la cuenta y presentarla al cliente para que se realice
su pago
CARGO: Chef
DIVISIÓN: Cocina
PROPÓSITO: Generar
las recetas de los diferentes platos, además de apoyar en el proceso de
selección del personal.
Entrevistar y apoyar los procesos de selección de aspirantes a cargos en
la cocina en coordinación con la oficina de personal.
DESEMPEÑO:
Capacitar al personal.
Supervisar y evaluar el trabajo del personal a cargo.
Elaborar los horarios de trabajo
Solicitar personal eventual para la realización de actividades especiales.
Elaborar las requisiciones para la oficina de compras o almacén según el caso
Supervisar la calidad de los alimentos que llegan a la cocina
Apoyar al contralor de costos en la elaboración de recetas estándar
Revisar y autorizar las requisiciones de alimentos que los
cocineros solicitan al almacén.
Autorizar las transferencias departamentales
Elaborar los presupuestos de gastos de la cocina
CARGO: Barman
DIVISIÓN:
Bar
CARGO
DEL JEFE INMEDIATO: Gerente
y/o Administrador
FUNCIONES:
Conocer los tipos de bebidas usadas en el bar y sugerírselas
a los clientes.
Llevar un control de los suministros, existencias y almacenamientos de las
bebidas
CRITERIOS
DE DESEMPEÑO:
Conocer los tipos de bebidas usadas en el bar.
Levantar inventarios diarios para solicitar faltantes en el almacén.
Mantener el Bar y las áreas de atención a nuestros clientes con los suministros
apropiados y mantener los estándares de calidad.
Mantener control sobre las porciones y los inventarios del Bar Correctos.
Supervisar la venta responsable de bebidas alcohólicas.
COMPONENTES
NORMATIVOS
CONOCIMIENTOS
ESENCIALES:
Técnico profesional en Mesa y bar
Cursos específicos en Coctelería
Manejo de BPM y HACCEP
Ingles 90%
COMPONENTES
NORMATIVOS
CONOCIMIENTOS
ESENCIALES: Técnico Profesional en Mesa y Bar.
Manejo BPM y HACCP.
Restaurantes temáticos Son
restaurantes que se especializan en un tipo de comida como los
de Mariscos, Los Vegetarianos, Los Asadores o Asaderos, Cuya especialidad
es la carne. Estos incluyen también los de nacionalidades, que se especializan
en la cocina de un país o Región determinada.
plan de manejo ambiental
RESTAURANTE
PIZCA DE SAL
PLAN DE MANEJO
AMBIENTAL
Constituye el principal instrumento para la gestión ambiental en un
proyecto de desarrollo, ya que reúne el conjunto de criterios, estrategias,
acciones y programas necesarios para prevenir, mitigar y compensar los impactos
negativos y potencializarlos positivos La gestión ambiental en proyectos de
desarrollo debe tener un carácter ampliamente participativo. Esto implica
reconocer el derecho, la necesidad y la conveniencia de involucrar a la
comunidad en la identificación de
impactos y en el diseño de los planes de acción.
Todo proyecto debe disponer de un Plan de Manejo Ambiental mediante el
cual sea posible no solamente prevenir, mitigar y compensar los impactos
ambientales, sino también potencializar los beneficios esperados en las
regiones por la construcción del proyecto.
MISIÓN
Ser el mejor RESTAURANTE TEMATICO del país, mejorando
las políticas de calidad y así asociarnos como un grupo original solido
profesional, con calidad humana y principios éticos que ofrece, servicios y
productos de excelencia hacia el comensal; permitiendo posibilidades de
desarrollo personal trato justo a sus proveedores. Recuperar la gastronomía
típica de Zipaquirá y comercializar esta gastronomía. Y también desarrollar e
implementar unas políticas ambientales junto con el desarrollo de un plan
ambiental que ayude a identificar y mitigar el impacto ambiental que se pueda
llegar a causar con la implementación y manejo de un restaurante temático en la
región de Zipaquirá. Tratar en lo posible de aportar al planeta algunas ayudas
para preservarlo no solo para nosotros sino para todos los habitantes que
coexistimos en esta tierra. Y
concientizar a las demás personas de todos los recursos que tenemos y podemos
perder sino unimos esfuerzos para
preservar todos estos recursos que nos han dado.
Objetivo
El objetivo general del Plan de Manejo Ambiental, está orientado a prevenir,
evitar, controlar y mitigar los probables impactos ambientales ocasionados por
las actividades que se desarrollarán durante las etapas de operación y
desarrollo del restaurante pizca de sal. Para este efecto, es importante
asegurar el cumplimiento de las medidas
propuestas en el programa que contiene el Plan de Manejo Ambiental.
PLAN DE MANEJO
AMBIENTAL
IMPACTO
Perdida de patrimonio histórico
Generación de emisiones y vertimientos
Contaminación por residuos sólidos y líquidos
Recursos hídricos
PROGRAMAS
Rescate arqueológico, histórico, y gastronómico
Control de emisiones y vertimientos
Manejo de residuos sólidos: Hacer un control efectivo a desechos
domésticos hídricos y de basuras, ordenar y tratar los desechos de que se que
son el resultado del trabajo que se realiza en la cocina y otras descargas
similares.
Diseño, construcción y manuales de operación de residuos. Criterios de utilización
o reciclaje de subproductos y desechos, como papel, plásticos, grasas y
aceites.
Programas de conservación Crear áreas protegidas como la instancia mas eficiente
de conservación ambiental, especialmente importantes en lo concerniente a la conservación
y información sobre los recursos que nos
brindan.
Programa de manejo de
recursos hídricos: Manejo de captaciones de agua, busca
establecer control de las fuentes de suministro de agua que se utilizan para la
construcción del Proyecto o que o mantener un gasto moderado e implementar.
Manejo
de aguas residuales domésticas e industriales: consiste
en realizar el tratamiento de las aguas residuales industriales y domésticas
provenientes de los distintos lugares de trabajo (cocina, zonas de lavado,
entre otros), con el propósito de asegurar su retorno al ambiente en las
condiciones que exigen las normas ambientales vigentes, sin ocasionar
contaminación.
Programa
de manejo de fuentes cómo la cocina y emisiones producidas por estufas
Está orientado al control de la contaminación del aire
que pueda producir los equipos, los vehículos utilizados en el Proyecto. Dentro
de las acciones a implementar se consideran: implementar extractores y
purificadores del aire y una mayor captación y eficacia en la purificación, controlar nivel de ruido, utilizar cercas vivas,
revegetalizar las áreas descubiertas y evitar realizar quemas de residuos
sólidos (basuras), líquidos (combustibles) o forestales (maderas y hojas
secas).
Programa de
manejo de residuos sólidos
Busca realizar un manejo integral de los residuos sólidos domésticos,
peligrosos e industriales que se produzcan durante la construcción del
Proyecto. Se realizarán actividades de capacitación, separación en la fuente,
reciclaje, recolección, transporte, tratamiento y disposición final, con el fin
de evitar efectos negativos en el ambiente. y utilizar productos biodegradables
en el uso de la limpieza de menaje, cocina, en todo lo relacionado con el
manejo y limpieza del restaurante.
Desechos especiales
Se determinará el punto exacto de la producción de desechos,
tipo y cantidad de material y disposición final adecuada. Las propiedades
físicas, químicas y el volumen serán los criterios que se tomarán en cuenta
para determinar si los desechos son peligrosos o no.
Los desechos serán clasificados de acuerdo con las siguientes
propiedades:
· Explosividad,
· Inflamabilidad/combustibilidad,
· Corrosividad,
· Reactividad,
· Toxicidad,
· Radioactividad,
· Bioinfecciocidad,
· Lixivialidad
RECICLAJE
Este método será implementado con mayor frecuencia por la empresa,
debido a los riesgos mínimos que se generan al medio ambiente por la
reutilización de los diferentes productos, tales como partes de metal
(convertidos en chatarra para fundición y posterior construcción de accesorios
de vehículos, moldes de inyección de botellas, etc.), plomo (reutilizado en
redes de pesca, anzuelos y otros), aceites (reciclados para reusó en
vehículos), plásticos (para fabricación de botellas). Otros materiales como
baterías, PVC de alto peso específico, filtros de celulosa, papel, cajas de
cartón, madera, vidrios, plásticos y otros, serán recolectados previa
disposición final, con la debida señalización e identificación para su traslado
a empresas recicladoras del municipio. Los desechos plásticos no-retornables
serán debidamente seleccionados en envases identificados para traslado y
disposición en el Basurero Municipal. Por lo tanto se realizara los contactos
pertinentes con empresas que reutilizan estos desechos
Programa de manejo espacios para la
implementación de cultivos hidropónicos
Busca recuperar y espacios que no sean utilizados
frecuentemente para implementar cultivos que desarrollen materia prima para que
se aproveché en el proceso de fabricación de los productos del
restaurante.
NORMATIVIDAD
GENERAL
Norma
constitucional
La Constitución Política de Colombia de 1991 elevó a norma
constitucional la consideración, manejo y conservación de los recursos
naturales y el medio ambiente, a través de los siguientes principios
fundamentales:
Derecho a un ambiente sano
En su Artículo 79, la Constitución Nacional (CN) consagra que: ¨ Todas
las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La Ley garantizará la
participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber
del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las
áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro
de estos fines ¨.
Esta norma constitucional puede interpretarse de manera solidaria con el
principio fundamental del derecho a la vida, ya que éste sólo se podría
garantizar bajo condiciones en las cuales la vida pueda disfrutarse con
calidad.
El medio ambiente como patrimonio común
La CN incorpora este principio al imponer al Estado y a las personas la
obligación de proteger las riquezas culturales y naturales (Art. 8), así como
el deber de las personas y del ciudadano de proteger los recursos naturales y
de velar por la conservación del ambiente (Art. 95). En desarrollo de este
principio, en el Art. 58 consagra que: ¨ la propiedad es una función social que
implica obligaciones y, como tal, le es inherente una función ecológica ¨;
continúa su desarrollo al determinar en el Art. 63 que: ¨ Los bienes de uso
público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las
tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás
bienes que determine la Ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables
¨.
Desarrollo Sostenible
Definido como el desarrollo que conduce al crecimiento económico, a la
elevación de la calidad de vida y al bienestar social, sin agotar la base de
los recursos naturales renovables en que se sustenta, ni deteriorar el medio
ambiente o el derecho de las generaciones futuras a utilizarlo para la
satisfacción de sus propias necesidades, la CN en desarrollo de este principio,
consagró en su Art. 80 que: ¨ El Estado planificará el manejo y aprovechamiento
de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su
conservación o sustitución. Además, deberá prevenir y controlar los factores de
deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de
los daños causados. Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de
los ecosistemas situados en zonas fronterizas ¨. Lo anterior implica asegurar
que la satisfacción de las necesidades actuales se realice de una manera tal
que no comprometa la capacidad y el derecho de las futuras generaciones para
satisfacer las propias.
Decreto ley 2811 de
1.974
|
Código nacional de los
recursos naturales renovables RNR y no renovables y de protección al medio
ambiente. El ambiente es patrimonio común, el estado y los particulares deben
participar en su preservación y manejo. Regula el manejo de los RNR , la
defensa del ambiente y sus elementos.
|
Ley 23 de 1973
|
Principios
fundamentales sobre prevención y control de la contaminación del aire, agua y
suelo y otorgó facultades al Presidente de la República para expedir el
Código de los Recursos Naturales
|
Ley 99 de 1993
|
Crea el Ministerio del
Medio Ambiente y Organiza el Sistema Nacional Ambiental (SINA). Reforma el
sector Público encargado de la gestión ambiental. Organiza el sistema
Nacional Ambiental y exige la Planificación de la gestión ambiental de
proyectos. Los principios que se destacan y que están relacionados con las
actividades portuarias son: La definición de los fundamentos de la política
ambiental, la estructura del SINA en cabeza del Ministerio del Medio
Ambiente, los procedimientos de licenciamiento ambiental como requisito para
la ejecución de proyectos o actividades que puedan causar daño al ambiente y
los mecanismos de participación ciudadana en todas las etapas de desarrollo
de este tipo de proyectos.
|
Decreto 1753 de 1994
|
Define la licencia
ambiental LA: naturaleza, modalidad y efectos; contenido, procedimientos,
requisitos y competencias para el otorgamiento de LA.
|
Decreto 2150 de 1995 y
sus normas reglamentarias.
|
Reglamenta la licencia
ambiental y otros permisos. Define los casos en que se debe presentar
Diagnóstico Ambiental de Alternativas, Plan de Manejo Ambiental y Estudio de
Impacto Ambiental. Suprime la licencia ambiental ordinaria
|
Ley 388 de 1997
|
Ordenamiento
Territorial Municipal y Distrital y Planes de Ordenamiento Territorial.
|
Ley 491 de 1999
|
Define el seguro
ecológico y delitos contra los recursos naturales y el ambiente y se modifica
el Código Penal
|
Decreto 1122/99
|
Por el cual se dictan
normas para la supresión de trámites.
|
Decreto 1124/99
|
Por el cual se
reestructura el Ministerio del Medio Ambiente
|
Decreto 2811 de 1974
|
Código
de recursos naturales y del medio ambiente
Art. 33, 192, 193 Control de ruido en obras de
infraestructura
|
Ley 09 de 1979
|
Código
sanitario nacional
|
Decreto 02 de 1982
|
Reglamenta
título I de la Ley 09-79 y el decreto 2811-74
Disposiciones sanitarias sobre emisiones
atmosféricas
Art. 7 a 9 Definiciones y normas generales
Art.73 Obligación del Estado de mantener la
calidad atmosférica para no causar molestias o daños que interfieran el
desarrollo normal de especies y afecten los recursos naturales
Art. 74 Prohibiciones y restricciones a la
descarga de material particulado, gases y vapores a la atmósfera
Art. 75 Prevención de la contaminación
atmosférica
|
Ley 99 de 1993
|
Creación
del SINA y se dictan disposiciones en materia ambiental
Art.5 Funciones de Minambiente para establecer
normas de prevención y control del deterioro ambiental
Art. 31 Funciones de las CAR,s relacionadas con
calidad y normatividad ambiental
|
Decreto 948 de 1995
|
Normas
para la protección y control de la calidad del aire
|
Resolución 1351 de
1995
|
Se
adopta la declaración denominada Informe de Estado de Emisiones-IE1
|
Resolución 005 de 1996
|
Reglamenta
niveles permisibles de emisión de contaminantes por fuentes móviles
|
Resolución 864 de 1996
|
Identifica
equipos de control ambiental que dan derecho al beneficio tributario según
art. 170, ley 223 de 1995
|
Decreto 2811 de 1974,
libro II parte III
|
Artículo
99: Establece la obligatoriedad de tramitar el respectivo permiso de
explotación de material de arrastre
Art. 77 a 78 Clasificación de aguas. Art. 80 a
85: Dominio de las aguas y cauces. Art. 86 a 89: Derecho a uso del agua.
Art.134 a 138: Prevención y control de contaminación. Art. 149: aguas
subterráneas. Art.155: Administración de aguas y cauces.
|
Decreto 1449 de 1977
|
Disposiciones
sobre conservación y protección de aguas, bosques, fauna terrestre y acuática
|
Decreto 1541 de 1978
|
Aguas
continentales: Art. 44 a 53 Características de las concesiones, Art. 54 a 66
Procedimientos para otorgar concesiones de agua superficiales y subterráneas,
Art. 87 a 97: Explotación de material de arrastre, Art. 104 a 106: Ocupación
de cauces y permiso de ocupación de cauces, Art. 211 a 219: Control de
vertimientos, Art. 220 a 224: Vertimiento por uso doméstico y municipal, Art.
225: Vertimiento por uso agrícola, Art. 226 a 230: Vertimiento por uso
industrial, Art. 231: Reglamentación de vertimientos.
|
Decreto 1681 de 1978
|
Sobre
recursos hidrobiológicos
|
Ley 09 de 1979
|
Código
sanitario nacional
Art. 51 a 54: Conrol y prevención de las aguas
para consumo humano. Art. 55 aguas superficiales. Art. 69 a 79:
potabilización de agua
|
Decreto 2857 de 1981
|
Ordenación
y protección de cuencas hidrográficas
|
Decreto 2858 de 1981
|
Modifica
el Decreto 1541 de 1978
|
Decreto 2105 de 1983
|
Reglamenta
parcialmente la Ley 09 de a 1979 sobre potabilización y suministro de agua
para consumo humano
|
Decreto 1594 de 1984
|
Normas
de vertimientos de residuos líquidos
Art. 1 a 21 Definiciones. Art. 22-23 Ordenamiento
del recurso agua. Art. 29 Usos del agua. Art. 37 a 50 Criterios de calidad de
agua Art. 60 a 71 Vertimiento de resiudos líiquidos. Art. 72 a 97 Normas de
vertimientos. Art. 142 Tasas retributivas. Art. 155 procedimiento para toma y
análisis de muestras
|
Decreto 2314 de 1986
|
Concesión
de aguas
|
Decreto 79 de 1986
|
Conservación
y protección del recurso agua
|
Decreto 1700 de 1989
|
Crea
Comisión de Agua Potable
|
Ley 99 de 1993
|
Art.
10,11,24,29: Prevención y control de contaminación de las aguas. Tasas
retributivas.
|
Documento CONPES 1750
de 1995
|
Políticas
de maneo de las aguas
|
Decreto 605 de 1996
|
Reglamenta
los procedimientos de potabilización y suministro de agua para consumo humano
|
Decreto 901 de 1997
|
Tasas
retributivas por vertimientos líquidos puntuales a cuerpos de agua
|
Ley 373 de 1997
|
Uso
eficiente y ahorro del agua
|
Decreto 3102 de 1998
|
Instalación
de equipos de bajo consumo de agua
|
Decreto 475 de 1998
|
Algunas
normas técnicas de calidad de agua
|
Decreto 1311 de 1998
|
Reglamenta
el literal G del artículo 11 de la ley 373 de 1997
|
Ley 09 de 1979
|
Medidas
sanitarias sobre manejo de residuos sólidos
|
Resolución 2309 de
1986
|
Define
los residuos especiales, los criterios de identificación, tratamiento y
registro. Establece planes de cumplimiento vigilancia y seguridad.
|
Resolución 541 de 1994
|
Reglamenta
el cargue, descargue, transporte, almacenamiento y disposición final de
escombros, materiales concreto y agregados sueltos de construcción.
|
Ley 142 de 1994
|
Dicta
el régimen de servicios públicos domiciliarios
|
Documento CONPES 2750
de 1994
|
Políticas
sobre manejo de residuos sólidos
|
Resolución 0189 de
1994
|
Regulación
para impedir la introducción al territorio nacional de residuos peligrosos.
|
Decreto 605 de 1996
|
Reglamenta
la ley 142 de 1994. En cuanto al manejo, transporte y disposición final de
residuos sólidos
|
Ley 430 de 1998
|
Por
la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental referentes a los
desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones.
|
Decreto Reglamentario
2462 de 1989
|
Reglamenta
los procedimientos sobre explotación de materiales de construcción.
|
Resolución 0189 de
1994
|
Regulación
para impedir la entrada de residuos peligrosos al territorio nacional.
|
Decreto 2811 de 1974
parte VII
|
Del
suelo agrícola y de los usos no agrícolas de la tierra.
|
Decreto 2655 de 1988
|
Código
de Minas
|
Decreto Reglamentario
2462 de 1989
|
Sobre
explotación de materiales de construcción.
|
Ley 388 de 1997,
Artículo 33
|
Ordenamiento
territorial, que reglamenta los usos del suelo
|
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